El Congreso del Estado de México aprobó reformas al Código Penal estatal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer sanciones de hasta 36 años de prisión por violencia ácida o química contra mujeres, niñas y adolescentes.
La pena máxima aplicará cuando el ataque ponga en peligro la vida de la víctima y concurra alguna agravante, como que la agresión sea cometida por una persona servidora pública o por alguien con quien exista una relación de parentesco, convivencia sentimental, afectiva, laboral, docente, de subordinación, confianza o responsabilidad y cuidado.
Nuevas sanciones para los ataques con ácido
El dictamen contempla penas de hasta 15 años de prisión y de 200 a 500 días multa para quien cause lesiones dolosas a una mujer, niña o adolescente mediante el uso de ácidos.
Las sanciones aumentarán hasta 20 años de cárcel y de 300 a 700 días multa cuando la agresión provoque desfiguración permanente en la cara, cabeza, cuello, mamas o genitales, o cause la pérdida o disminución definitiva de la función de un órgano o sentido.
De acuerdo con las agravantes previstas en la reforma, las penas pueden incrementarse a 22.5, 30 y hasta 36 años de prisión, además de multas de hasta mil 050 días, según las condiciones del ataque y la relación entre la víctima y la persona agresora.
El delito se perseguirá de oficio
La reforma establece que la violencia ácida o química será perseguida de oficio. Esto significa que las autoridades deberán iniciar la investigación cuando tengan conocimiento de los hechos, sin que sea indispensable una querella de la víctima.
Además, el concepto de violencia ácida o química se incorpora a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, con el objetivo de reconocer sus características y establecer medidas específicas de atención.
Atención médica y reparación integral
Las modificaciones contemplan la reparación integral del daño para las víctimas. Entre las medidas previstas se encuentran cirugías reconstructivas, rehabilitación física y psicológica, prótesis, tratamientos médicos especializados y de largo plazo, así como compensación por lucro cesante.
También se establece la posibilidad de canalizar y trasladar a las víctimas a unidades médicas de alta especialidad para recibir atención inmediata, además de cualquier otra medida necesaria para su recuperación.
Las reformas fueron impulsadas a partir de propuestas legislativas y de organizaciones dedicadas al acompañamiento de sobrevivientes de ataques con sustancias corrosivas. Con su aprobación, el Estado de México reconoce expresamente esta forma de violencia dentro de su marco legal y eleva las sanciones aplicables.